19 sept 2008

EL ESPIRAL REVOCADOR

¿Quién revoca a quién?, según la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano, la revocatoria alcanza a los alcaldes, regidores y gobiernos regionales que provienen de la elección popular, ellos pueden ser destituidos no solo por haber perdido la confianza sino también por que la opinión publica puede haber cambiado de criterio respecto al comportamiento de sus autoridad en el ejercicio del poder.

La participación y control ciudadano en los actos de gobierno es un derecho que emana a partir de la elección de la autoridad; sin embargo amenaza convertirse en un campo de batalla sin cuartel; espacio que da lugar a grupos, partidos y operadores políticos para “destruir” al “enemigo”; guerra sucia mediática de “todo vale” que en la mayoría de los casos termina fortaleciendo las fuerzas contrarias.

El proceso de revocatoria debe necesariamente cumplir con el elemental principio democrático de ejercicio ciudadano, del deseo real y exclusivo para evitar que los perdedores carentes de argumento se junten para oponerse a la autoridad en gestión; el electorado debe actuar solo cuando de verdad sus autoridades han defraudado la confianza, incumplido con la ley y hayan mostrado evidencias de incapacidad o cuando está en riesgo el patrimonio institucional y, consecuentemente la ciudadanía haya perdido confianza en sus gobernantes.

La figura de revocar un mandato es valido cuando la autoridad a perdido credibilidad y representatividad mas no para el libertinaje revocador, peligroso en el sentido que da espacio para interrumpir la democracia y el desarrollo; cobra legalidad cuando nace por la voluntad del derecho y si se demuestra que hay hechos probatorios de trasgresión de la ley o se incumplen las promesas electorales; mas no por caprichos y deseos de grupo o persona, menos por la venganza y odio visceral de los perdedores de un proceso electoral.

El derecho de revocar un mandato en un principio rector de las democracias representativas y un compromiso permanente del ciudadano con sus instituciones, instrumento legal valido en la solución de conflictos; este derecho no debe convertirse en un escenario confrontacional de luchas y pugnas de grupos fragmentados con aspiraciones políticas futuras que encarnan proyectos corporativos, nocivo para el desarrollo y la democracia.

Resulta evidente, cómo personas que perdieron las elecciones promuevan y alientan las revocatorias; por elemental principio de ética política los que perdieron no cuentan con las credenciales democráticas para querer arrebatar el mandato al vencedor; quien no recibido la confianza popular esta impedido ejercer la iniciativa de revocar un mandato por que estaría manejando irresponsablemente la voluntad ciudadana en contra de su mismo veredicto.

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